POLITICA DE CARTERA

Teniendo en cuenta lo establecido por la ley 1314 de 2.009 y sus normas reglamentarias entre ellas los decretos 2420 de 2015 y 2496 del 23 de diciembre de 2.015, dentro del marco convergencia hacia las normas internacionales de la información financiera NIIF la empresa SG STARS establece la siguiente política de cartera: 

Política: El comportamiento histórico de la cartera y su recaudo en la empresa, nos ha permitido establecer los segmentos en los cuales se clasifica la cartera de la empresa en sus diferentes edades, en este sentido se establece que se considera un rango sano y un limite aceptable para la empresa cuando los derechos exigibles a los clientes oscilan entre las siguientes edades: 

CARTERA:

0-30 DÍAS: NORMAL
31-60 DÍAS: ACEPTABLE
61-90 DÍAS: RIESGO BAJO
91-180 DÍAS: RIESGO MEDIO
181-360 DÍAS: RIESGO ALTO
> 360 DÍAS: 100% DETERIORO

1. Alcance:

La presente política inicia su aplicación con los vencimientos que se van presentando en la cartera de la empresa y finaliza con el recaudo efectivo de los saldos insolutos de derechos exigibles y/o las demandas y demás acciones legales que se pueden ejecutar para el caso que nos ocupa.

2. Responsables de la aplicación:

Son responsables de la aplicación de la presente política todo el equipo comercial de la empresa, el departamento de cartera y por supuesto la Gerencia Comercial de la empresa quien es le único que puede realizar excepciones puntuales sobre la aplicación de la misma, dejando las evidencias documentales de las autorizaciones que emita en este sentido.

3. Publicidad:

Atendiendo al principio de la publicidad de la información, la presente política de cartera debe ser publicada en la página WEB de la empresa, para el conocimiento de todos los empleados de la empresa y de los clientes.

4. Aprobación:

La presente política fue aprobada en la junta Directiva de la empresa celebrada el pasado 3 de mayo de 2022, en consecuencia rige a partir de esta fecha.

5. Manual de políticas NIIF para Pymes Grupo II

La empresa dentro de  su manual de políticas ha establecido que todos los instrumentos financieros se medirán por el costo amortizado, en este orden de ideas, la cartera que esté por encima del rango de los 61 días, se empezará a devengar el valor de un intereses en calidad de financiación, a la tasa establecida por la superintendencia financiera en forma trimestral que es igual a la establecida por la DIAN para el cobro de los intereses por impuestos, estos intereses se reconocerán en la información financiera de manera independiente al saldo insoluto de la Deuda, de la misma manera y como mecanismo de control y evitar el envejecimiento de la cartera en la empresa se establece que después del día 31 se realizarán llamadas de cobro persuasivo por el departamento de cartera de la empresa con el propósito de lograr el recaudo efectivo de los derechos exigibles. 

6. Proceso de Centrales de Riesgo:

La cartera que supere los 90 días de vencimientos sin que se haya llegado a acuerdos comerciales con el cliente, será trasladad al departamento jurídico de la empresa, a efectos de ser reportada a las CENTRALES DE RIESGO, sin perjuicio de las acciones legales que se pudiesen llegar a ejecutar en contra del deudor moroso.

7.Ajuste a las estimaciones:

La presente política puede ser objeto de a justes y/o modificaciones al cierre de cada una de las vigencias, con el propósito de evitar que la cartera de la empresa se envejezca y se deba aumentar el deterioro de la misma

8. Indicadores:

Para una medición permanente de los resultados en la gestión de cartera se establecen los siguientes indicadores, los cuales deben ser presentados y sustentados ante la junta directiva de la empresa en las mesas de trabajo financieras: 

1) Recaudo Efectivo= Total Recaudo del periodo/ total de ventas del periodo*100:

Línea Base: el 70% del total de las ventas.

Meta: 70% de las ventas debe ser recaudo corriente.

Definición: Establece el  valor real del recaudo efectivo sobre el total de las ventas realizadas en cada periodo. 

2) Recaudo debido cobrar= Total recaudo del rezago de Cartera/ del total de Cartera de periodos anteriores*100.

Línea Base: 70% recaudo efectivo del total de la cartera de vigencias anteriores.

Meta: Recaudo efectivo del 70% sobre el total de la cartera de periodos anteriores.

Definición: Registra el valor del recaudo efectivo sobre la cartera que tiene la empresa de periodos anteriores.